VII. El directorio de servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel cuando se brinde atención al público, manejen o apliquen recursos públicos, realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos, el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;
Formato LTAIPVIL15VII.
Depto. Recursos Humanos (Dirección de Administración)
14/01/2025
14/01/2025
Actualización: Trimestral Vigencia: Información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior.